a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera   asegurarse   de   que   las   cuentas   intermedias   se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo. b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan   la   consideración   de   paraísos   fiscales,   así   como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga  que,  por  su  complejidad,  pudieran  menoscabar  la transparencia del grupo. c)  Las  operaciones  vinculadas,  salvo  que  esa  función  de informe previo haya sido atribuida a otra Comisión de las de supervisión y control. Ver epígrafes: B.2.2 y B.2.3 Cumple 53.  Que el Consejo de Administración procure presentar las cuentas a la Junta General sin reservas ni salvedades en el informe de auditoría y que, en los supuestos excepcionales en que existan, tanto el Presidente del Comité de Auditoría como los   auditores   expliquen   con   claridad   a   los   accionistas   el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades. Ver epígrafe: B.1.38 Cumple 54.  Que  la  mayoría  de  los  miembros  de  la  Comisión  de Nombramientos  -o  de  Nombramientos  y  Retribuciones,  si fueran una sola- sean consejeros independientes. Ver epígrafe: B.2.1 Explique La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está formada por 3 miembros: 1 Consejero Dominical (D. Matias Amat Roca), 1 Consejero Independiente (D. Manuel Herrando y Prat de la Riba) y 1 Consejero calificado como “Otro Externo” (D. José de Nadal Capara). Cabe significar sin embargo que en la próxima Junta General Ordinaria  está  prevista  la  reelección  del  Sr.  De  Nadal  como Consejero   Independiente,   por   lo   que   se   cumpliría      esta Recomendación. 55.  Que  correspondan  a  la  Comisión  de  Nombramientos, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes,  las siguientes: a)  Evaluar  las  competencias,  conocimientos  y  experiencia necesarios   en   el   Consejo,   definir,   en   consecuencia,   las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido. b) Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer  propuestas  al  Consejo,  para  que  dicha  sucesión  se produzca de forma ordenada y bien planificada. c) Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo. d) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género señaladas en la Recomendación 14 de este Código. Ver epígrafe: B.2.3 Cumple 56.  Que la Comisión de Nombramientos consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos. Y que cualquier consejero pueda solicitar de la Comisión de Nombramientos   que   tome   en   consideración,   por   si   los considerara   idóneos,   potenciales   candidatos   para   cubrir vacantes de consejero. Cumple 57.  Que corresponda a la Comisión de Retribuciones, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes, las siguientes: a) Proponer al Consejo de Administración: i)   La   política   de   retribución   de   los   consejeros   y   altos directivos; ii) La retribución individual de los consejeros  ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos. iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos. b) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad. Ver epígrafes: B.1.14, B.2.3 Cumple 58.  Que la Comisión de Retribuciones consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos. Cumple G. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS Si considera que existe algún principio o aspecto relevante relativo a las prácticas de gobierno corporativo aplicado por su sociedad, que no ha sido abordado por el presente Informe, a continuación, mencione y explique su contenido. Dentro de este apartado podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz, relacionados con los anteriores apartados del informe. En concreto, indique si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe. APARTADO: B.1.2 Respecto del Consejero D. Ramón Blanco Balín cabe señalar que si bien el primer nombramiento tuvo lugar en fecha 12 de enero de 1993, éste presentó su dimisión en fecha  5 de Mayo de 1994, habiendo sido nombrado nuevamente por el Consejo en fecha 18 de marzo de 1997. APARTADO: B.1.11 De acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de los Estatutos Sociales de NH HOTELES, S.A. la retribución de los Consejeros consistirá en una asignación anual determinada y en dietas de asistencia a las reuniones del Consejo y de sus Comisiones, sin que el conjunto de ambos conceptos pueda superar el 3% del beneficio líquido obtenido por el grupo consolidado en el ejercicio anterior.
De  dicho  importe  quedan  expresamente  excluidas  las  demás percepciones profesionales que correspondan a los Consejeros por las  funciones  de  carácter  ejecutivo  que  desempeñaron  en  la Sociedad o el grupo. En   este   sentido   debe   significarse   que   por   el   concepto   de asignación    anual    y    dietas,    la    retribución    del    Consejo    de Administración correspondiente a NH HOTELES, S.A. durante el ejercicio 2007 ascendió a un total de 4.264,07 en miles de Euros (4.384 en miles de Euros correspondiente al grupo). Significar que en el importe total de la remuneración percibida por todos  los  conceptos  por  la  totalidad  de  Consejeros  se  incluye expresamente el importe percibido por el Consejero ejecutivo en su   condición   de   beneficiario   de   los   distintos   Programas   de Opciones sobre Acciones vigentes en el grupo y que ascendió a un total de 2.355,49 (miles de Euros) importe este que, al tiempo de aprobarse y ponerse en vigor el Plan de Opciones correspondiente, fue   oportunamente   cubierto   mediante   la   formalización   del correspondiente contrato de permuta financiera (equity swap), por lo   que   no   ha   supuesto   salida   de   caja   para   la   Compañía. Descontado este importe, la remuneración total de los Consejeros representa el 2,62% del beneficio neto atribuido a la Sociedad.    Los importes percibidos durante el ejercicio 2007 a título individual por cada Consejero por el concepto de asignación anual y dietas de  asistencia  al  Consejo  de  Administración  y  a  las  distintas Comisiones han sido las siguientes: PRESIDENTE DEL CONSEJO Y DE LA COMISIÓN DELEGADA D. Gabriele Burgio - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 6.000,00 Euros - Dietas asistencia a otros Consejos del grupo: 15.000,00 Euros Total Dietas: 63.000,00 Euros    VICEPRESIDENTE D. Manuel Herrando Prat y de la Riba - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 6.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Nombramientos y Retribuciones: 11.095,56 Euros - Dietas asistencia a otros Consejos del grupo: 85.000,00 Euros Total Dietas: 144.095,56 Euros    CONSEJEROS D. Matías Amat Roca El Sr. Amat renunció al cobro de las dietas que le correspondían en   su   calidad   de   Consejero   y   miembro   de   la   Comisión Delegada,  así  como  de  la  Comisión  de  Nombramientos  y Retribuciones. D. Ramón Blanco Balín - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 3.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Auditoria y Control: 16.643,34 Total Dietas: 61.643,34 Euros BANCAJA (D. Aurelio Izquierdo Gómez, como persona física representante) - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 6.000,00 Euros Total Dietas: 48.000,00 Euros    D. Julio Cesar Díaz-Freijo Cerecedo - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 6.000,00 Euros Total Dietas: 48.000,00 Euros    D. Miguel Rodríguez Domínguez - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Auditoria y Control: 7.908,05 Euros Total Dietas: 49.908,05 Euros HOTELES PARTICIPADOS, S.L. (D. Ignacio Ezquiaga Domínguez como persona física representante) - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Auditoria y Control: 9.812,40 Euros Total Dietas: 51.812,40 Euros D. José de Nadal Capará - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Delegada: 3.000,00 Euros - Dietas asistencia Comisión Nombramientos y Retribuciones: 11.095,56 Euros Total Dietas: 56.096,56 Euros D. Alfonso Merry del Val Gracie - Dietas de Consejo 2007: 42.000,00 Euros - Dietas asistencia a otros Consejos del grupo: 20.000,00 Euros Total Dietas: 62.000,00 Euros CAJA DE AHORROS DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIÁN (D. Carlos Etxepare Zugasti como persona física representante) - Dietas de Consejo 2007: 24.854,79 Euros Total Dietas: 24.854,79 Euros GSS III HURRICANE, B.V. (D. André Martínez como persona física representante) - Dietas de Consejo 2007:24.854,79 Euros Total Dietas: 24.854,79 Euros CONSEJERO SALIENTE D. Garry Garrabrant: Dietas de Consejo 2007: 17.145,21 Euros Total Dietas: 17.145,21 Euros SECRETARIO NO CONSEJERO D. José María Mas Millet - Dietas de Consejo 2007: 42.000 Euros - Dietas Comisión Delegada:  6.000 Euros - Dietas asistencia Comisión Nombramientos y Retribuciones: 11.095,56 Euros Total Dietas: 59.095,56 Euros VICESECRETARIO NO CONSEJERO D. Jesús-Ignacio Aranguren González-Tarrío - Dietas Consejo: 21.000,00 Euros Total Dietas: 21.000,00 Euros APARTADO B.1.12 Respecto de la remuneración percibida por la Alta Dirección (excluido el Consejero Ejecutivo), cabe significar lo siguiente: En el importe total de la remuneración percibida por todos los conceptos por los miembros de la Alta Dirección se incluye expresamente  el  importe  percibido  por  los  mismos  en  su condición   de   beneficiario   de   los   distintos   Programas   de Opciones sobre Acciones vigentes en el grupo y que ascendió a un total de 5.525 (en miles de Euros) importe este que, al tiempo de aprobarse y ponerse en vigor el Plan de Opciones correspondiente  fue  oportunamente  cubierto  mediante  la formalización   del   correspondiente   contrato   de   permuta
financiera (equity swap), por lo que no ha supuesto salida de caja   para   la   Compañía.   Descontado   este   importe,   la remuneración total de los miembros de la Alta Dirección ha ascendido a un total de 2.830 (en miles de Euros), en concepto de remuneración dineraria y en especie. APARTADO B.1.37 Respecto de los otros trabajos que ha realizado la firma de auditoría para NH HOTELES, S.A. y su grupo, cabe señalar que estos se han generado como consecuencia de la integración del  grupo  italiano  Jolly  Hotels,  así  como  de  los  diversos informes emitidos por la firma de auditoría para realizar las fusiones en el grupo italiano. APARTADO C.2. En  relación  con  los  contratos  de  arrendamiento  entre  el accionista significativo PONTEGADEA INVERSIONES, S.L. y algunas sociedades del grupo de NH HOTELES, S.A., cabe significar que dichos contratos se han suscrito en realidadad con   PONTEGADEA   INMOBILIARIA,   S.L.,   sociedad   que pertenece  al  100%  (de  forma  indirecta)  a  PONTEGADEA INVERSIONES, S.L. APARTADO C.3. Los préstamos a que hace mención el cuadro de este apartado, realizados entre HOTELES PARTICIPADOS, S.L. y la sociedad NH FINANCE,S.A. han sido suscritos en realidad por los dos accionistas  que  conforman  al  50%  la  sociedad  HOTELES PARTICIPADOS, S.L., a saber, por Caja Murcia (por valor de 7.500 en miles de Euros) y Caixa Nova  (por valor de 12.500 en miles de Euros). APARTADO F.8. No obstante, en relación con lo establecido en el aparado b.i) el  Consejo  de  Administración  considera  que  la  decisión respecto del nombramiento y eventual cese de altos directivos debe   corresponder   y   seguir   correspondiendo   al   Primer Ejecutivo de la Compañía. Ello no obstante, el Reglamento del Consejo   de   Administración   atribuye   a   la   Comisión   de Nombramientos  y  Retribuciones  competencias  de  informe previo sobre el nombramiento y destitución de los directivos con dependencia inmediata del Consejero Delegado. DEFINICIÓN VINCULANTE DE CONSEJERO INDEPENDIENTE: Indique si alguno de los consejeros independientes tiene o ha tenido   alguna   relación   con   la   sociedad,   sus   accionistas significativos o sus directivos, que de haber sido suficientemente significativa o importante, habría determinado que el consejero no    pudiera    ser    considerado    como    independiente    de conformidad con la definición recogida en el apartado 5 del Código Unificado de buen gobierno: Sí X No Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha 22 de abril de 2008. Indique si ha habido Consejeros que hayan votado en contra o se hayan  abstenido  en  relación  con  la  aprobación  del  presente Informe. No X DON MANUEL Presidente de Sotogrande, Las percepciones que HERRANDO Y S.A., sociedad participada al percibe por tal concepto PRAT DE LA RIBA 96,65% por NH Hoteles, S.A.   no son significativas Nombre del consejero Tipo de relación Explicación Nombre o denominación social del consejero que no ha votado a favor de la aprobación del presente informe Motivos (en contra, abstención, no asistencia) Explique los motivos